|
1) Debe conocer la clave fiscal (código de acceso que da AFIP a cada contribuyente). en caso de no contar con ella, deberá tramitarla con su DNI personalmente en cualquier agencia DGI. El alta del COTI se hace a travez de internet.
2)Fotocopias de: •Escritura y/o plano para consignar datos como nomenclatura catastral, superficie cubierta, semicubierta, total,N? U.F. •Declaración de herederos (para las sucesiones) con el porcentual. correspondiente al heredero que tramita el COTI. •Fotocopia boletaABL GCBA año 2009 (N? de partida y valuación total).
3)Completar el formulario electrónico ingresando a www.afip.gov.ar donde deberá consignar además el precio de venta.
El COTI se tramita previo al inicio de la venta de una propiedad que supera los $300.000, debe consignar los datos de la inmobiliaria interviniente quien luego deberá aceptar (también vía internet) la designación para poder comenzar la venta.
El escribano interviniente si no tiene COTI no puede escriturar el bien ya que no podrá inscribirlo en el registo de la propiedad inmueble.
|